miércoles, 18 de octubre de 2017

Don Francisco Page Page, abogado, promotor fiscal, juez de primera instancia.

       Don Francisco Page Page, Abogado, Promotor fiscal y Juez de Primera instancia, natural de Albalate de las Nogueras y residente en Cañamares, solicita a la Regencia provisional del Reyno le sea concedida plaza de juez de 1.ª Instancia en el arreglo de judicaturas a que se está procediendo en dicho año de 1840, tras el trunfo de la "revolución de 1840" que dio fin a la primera guerra carlista y a la Regencia provisional de María Cristina de Borbon-Dos Sicilias, madre de la futura reina Isabel II, con el gobierno del general Baldomero Espartero, que asumió la regencia durante la minoría de edad de la reina Isabel II, que entonces contaba con 9 años de edad, y hasta que cumplió los 13 años en que se declaró su mayoría de edad y fue proclamada Reina.

                                                                             


                            Señor.
D.n Francisco Page, natural de Alvalate de las Nogueras y residente en Cañamares, ambos provincia de Cuenca, y juez de 1.ª instancia cesante de Pina, provincia de Zaragoza, á La Regencia provisional del reyno respetuosamente manifiesta: que en atención a mis méritos y servicios prestados en el pueblo de Beteta de dha. Provincia en que entonces residia, fue nombrado en Noviembre de 1835, para la promotoría fiscal del juzgado de Priego en la misma de Cuenca, que desempeñó satisfactoriamente hasta el setiembre siguiente en que la Junta de gobierno de Cuenca, creada á virtud del pronunciamiento nacional de aquel año, le propuso de juez de 1.ª instancia en el de Cañete, del que fué trasladado enseguida por el Gobierno al de Pina de entrada en la provincia de Zaragoza. En él permaneció más de un año hasta que á fines de 1837, hallándose en su país disfrutando dos meses de licencia que le concedió la Audiencia para el arreglo de mis intereses domésticos abandonados por la muerte de mi madre politica, y no pudiendo regresar á aquél al tiempo debido por el estado intransitable del pais y tener la facción interceptados los caminos y comunicaciones, le declaró el Gobierno cesante y puso otro en su lugar, si bien declarando en real orden se le tubiese presente para otro juzgado. Nada ha solicitado después, ni tomado parte alguna en los autos del anterior gobierno, permaneciendo refugiado y destruidos mis intereses por dos años en dho. Cuenca, trabajando gratuitamente en los asuntos de aquel juzgado que se le han encargado, y siempre empleando todos sus esfuerzos para el triunfo de la justa causa, especialmente en las ultimas elecciones para diputados á cortes, hasta que retirada la facción, se estableció en el pueblo en que actualmente reside. En atención a todo lo espuesto, que aparecerá de su respectivo espediente en la Secretaría de Gracia y Justicia, y a que se trata en la actualidad de el arreglo de judicaturas de 1.ª instancia en dha. provincia de Cuenca y demas.                                      Espera de la bondad y justificación de la Regencia del reyno, lo tenga presente en el citado arreglo, designándole para una de ascenso de las de la misma provincia ó de la inmediata de Guadalajara, ó para la que sea de su superior agrado.                                                Cañamares 10 de Noviembre de 1840.
                                        Señor.
                                Francisco Page.


Regencia Provisional del Reyno.

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